El Supremo antepuso el interés general en la cantera

La sentencia de 1983 “tumbó” el contrato de arrendamiento

10 mar 2017 / 10:43 H.

La cantera de la Fuente de la Peña tiene una licencia de actividad centenaria y una concesión de explotación reciente y, sin embargo, carece de contrato de arrendamiento. El Tribunal Supremo, a través de una sentencia fechada el 4 de julio de 1983, zanjó un largo litigio entre el Ayuntamiento y la empresa propietaria que ya hizo público este periódico. Sin embargo, faltaba por conocer el motivo. Fueron razones urbanísticas las que tumbaron ese acuerdo de alquiler firmado, por primera vez, en 1972.

Según consta en la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, a la que tuvo acceso este periódico, la más alta instancia judicial que hay en España antepuso el “interés general” al privado para tomar su decisión. Textualmente, señala: “Explotación de cantera. Diferencias entre el contrato de aprovechamiento y las autorizaciones administrativas para la explotación. Transcurso del plazo pactado: conclusión del contrato. Concesión de prórroga: improcedencia. Razones urbanísticas e interés general”.

La resolución judicial explica también los antecedentes: “El pleno del Ayuntamiento de Jaén acordó, el 26 de diciembre de 1978, formalizar la denuncia de prórroga de la explotación de canteras autorizada a don Manuel M. G. en los montes de propiedad municipal de Fuente de la Peña e Imora”. Y añade: “Interpuesto recurso de reposición, fue desestimado por acuerdo de 9 de febrero de 1979”. Después continuó el litigio: Según refleja la sentencia: “Interpuesto por don Manuel M. G. recurso contencioso-administrativo, la Sala de la Audiencia de Granada, el 31 de marzo de 1981, lo desestima por reputarse ajustados a Derecho los actos impugnados”. La última instancia fue el Tribunal Supremo: “Promovido por don Manuel M. G. recurso de apelación, el TS, aceptando los considerandos primero, segundo y tercero de la sentencia apelada, lo desestima, confirmando la misma por ajustada a Derecho”.

Es decir. El Ayuntamiento de Jaén quiso paralizar la extracción de roca en la cantera de la Fuente de la Peña. Y, sin embargo, el propietario de esa explotación intentó continuar con la interposición de hasta tres recursos. Hasta que el Tribunal Supremo se pronunció, en apelación, a favor de la Administración local, institución que, a día de hoy, cobra un canon de la empresa concesionaria por ejercer una actividad en un monte de titularidad municipal.

MÁS POLÉMICA. En cuanto a la prórroga de la explotación, firmada en 2012, Ecologistas en Acción en Jaén denuncia que la Junta de Andalucía la autorizó “dos años y un mes después de que caducara el plazo”, al tiempo que le exige que declare “la caducidad de la concesión y el cierre inmediato” de esta explotación de piedra ornamental, ya que “el daño que están consintiendo es irreparable”. Así lo indica en una nota la organización ecologista, desde la que se apunta que la resolución de la prórroga de la cantera por 30 años “se autorizó contraviniendo la ley”. No tardó en contestar la delegada del Gobierno andaluz. Ana Cobo defiende que la concesión se hizo en tiempo y forma y cumpliendo con los requisitos legales. “Se produjo de acuerdo al procedimiento legalmente establecido y atendiendo también a las alegaciones de los titulares de la explotación en base a los derechos adquiridos con anterioridad”, señala. Fue, en concreto, el 5 de diciembre de 2008.

La Fiscalía, con toda la documentación de la explotación, no descarta pedir más

La Fiscalía de Medio Ambiente ya tiene en su poder toda la documentación relativa a la cantera de la Fuente de la Peña, expedientes que solicitó a la varias consejerías de la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento; esta última, la que más se retrasó. La recepción de los papeles coincidió prácticamente en el tiempo con la penúltima polémica relacionada con esta explotación, la relativa al contrato de arrendamiento del monte, que enfrentó a populares y socialistas. De ahí que la fiscal encargada del caso, Isabel Uceda, se haya fijado también en estos últimos hechos. Y es que, en cualquier caso, según deja claro, será preciso un estudio detallado del abundante y complejo material sobre la mina a cielo abierto que obra ya en poder del Ministerio Público y, de hecho, no descarta la solicitud de nuevos datos y expedientes, si es preciso. Si se apreciaran indicios de delito, los hechos irían a parar a manos del juzgado de instrucción correspondiente y se abrirían diligencias. La demanda ciudadana para que cese la actividad de esta empresa ha dado lugar a un conflicto político en el que el Ayuntamiento cree que el cierre de la cantera corresponde a la Junta y el Gobierno andaluz afirma lo contrario. [J. R. C.]