Nueve años de cárcel por apalear a su madre y dejarla medio ciega

El tribunal rechaza que los golpes fueran en legítima defensa o fortuitos

19 may 2017 / 10:19 H.

Francisco José R. L. ha sido condenado a nueve años de cárcel por dar una paliza a su propia madre que, como consecuencia de los golpes, perdió completamente la visión del ojo izquierdo. El tribunal de la Sección Tercera ha rechazado todos los argumentos planteados por la defensa de este joven, de tan solo 24 años. Así, los magistrados entienden que las lesiones que presenta la mujer no se produjeron de forma fortuita. Del mismo modo, la resolución niega que el acusado actuara en legítima defensa. El castigo de nueve años de cárcel es el mínimo que se contempla en el Código Penal para el delito de lesiones con pérdida de órgano vital y con la agravante de reincidencia. Y es que Francisco José R. L. ya contaba con un antecedente por hechos similares.

Los hechos ocurrieron en la noche del 20 de enero de 2016 en el supermercado de Begíjar que era propiedad de la víctima y en el que trabajaba el hijo. Se declara probado que entre ambos se produjo una discusión por motivos laborales. De los reproches a gritos, el joven pasó a las manos. y propinó a su madre una brutal paliza: “Le dio patadas por todo el cuerpo, incluso en la cara, así como fuertes cabezazos”, describe la resolución judicial. Les lesiones fueron gravísimas y la mujer sufrió daños irreversibles en el ojo izquierdo, que le hicieron perder la visión.

En el juicio, celebrado el pasado 3 de mayo, el acusado explicó lo que calificó de episodio “de mala suerte”: “Discutimos y hubo un forcejeo, en el que ella se resbaló y yo caí al suelo y chocaron las cabezas”, relató. Y añadió: “Fue fortuito. No le di patadas, ni puñetazos. Le pedí perdón desde el principio y estoy muy arrepentido”.

El abogado defensor planteó que su cliente repelió una agresión previa de su madre, en concreto, un bofetón. Sin embargo, el tribunal rechaza este argumento. Aclara que lo ocurrido fue “una riña mutuamente aceptada”, en la que queda legalmente excluida la legítima defensa. De forma subsidiaria, el letrado solicitó que los hechos fueran considerados un delito de lesiones por imprudencia, es decir, que Francisco José R. L. no tenía intención de causar esas lesiones tan graves a su madre. El tribunal también “tumba” esta premisa: “Sabía lo que hacía y conocía el peligro generado por su acción”, razonan los magistrados de la Sección Tercera.

A la hora de condenar, la sala se basa, fundamentalmente, en el testimonio de la propia madre. En todo momento, la mujer trató de quitar hierro a la brutal paliza que le dio su hijo e, incluso, llegó a decir que estaba “todo perdonado”. Habló de que le dio un cabezazo “sin querer” en el ojo durante la discusión. Sin embargo, cuando el fiscal insistió, la víctima terminó reconociendo que Francisco José R. L. le dio puñetazos y varias patadas cuando ya estaba en el suelo —el joven llevaba botas con punta reforzadas—. También admitió que no era la primera vez que recibía golpes.

Además del testimonio de la progenitora, también declaró en el juicio otra trabajadora del supermercado que presenció los hechos: “Estaba hecho una furia”, dijo, en relación al acusado. Y relató cómo Francisco José R. L. le propinó numerosos golpes a su madre, incluso cuando se encontraba sobre las baldosas.

En el juicio, no se cuestionaron las lesiones que presenta la víctima. De hecho, la forense que la trató certificó que tiene el ojo izquierdo “totalmente inutilizado”.

Con todo, la Sección Tercera impone a este joven de Begíjar una condena de nueve años de cárcel. También le prohibe acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante una década. No impone el pago de una indemnización, ya que la mujer renunció a ella. “Yo no quiero nada”, llegó a decir al tribunal. El joven explicó que había rehecho su vida, que su hija había nacido hace unos meses y que tenía trabajo.

La sentencia todavía no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.