Reparto salomónico

26 ene 2019 / 10:47 H.

Encontramos el origen de la expresión “justicia salomónica” en el Libro I de los Reyes en la Biblia del Antiguo Testamento. En él se describe el recurso que utilizó Salomón, rey de Israel, para averiguar la verdad en un caso judicial que se presentaba: la disputa entre dos mujeres que reclamaban ser la madre de un niño. El rey añadió “Traedme una espada. Partid en dos al niño, y dad la mitad a la una y la otra mitad a la otra”. Entonces la mujer de quien era el hijo habló al rey (porque sus entrañas se le removieron por su hijo), y le dijo: “Ah, ¡señor mío! Dad a esta el niño, y no lo matéis”. Entonces el rey respondió: “Entregad a esta mujer el niño. Ella es su madre”. De esta forma se hace referencia a las decisiones que pretenden satisfacer a todas las partes por muy absurdas que parezcan, pero, por otro lado, encaminadas a la aplicación de la sabiduría en la justicia. La última doctrina del Tribunal Supremo con relación a los gastos de las hipotecas viene a ser efectivamente salomónica. El Alto Tribunal ha decidido que los gastos notariales y de gestoría de la constitución de la hipoteca se deben repartir a la mitad entre la entidad financiera y el cliente. Sin embargo, indica la sentencia que el gasto de inscripción en el registro lo deberá asumir el banco, mientras que el de cancelación el cliente. Considera, además, que la comisión de apertura de los préstamos no es abusiva. Con estas, se reparte de forma salomónica los gastos, pero rozando la contradicción por ser opuesta la ley hipotecaria, actualmente en trámite parlamentario, que establecería que las entidades financieras asumirían la totalidad de los gastos, salvo la tasación. Todo esto llega después de la polémica del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que como un puntazo de tenis primero le llegó al cliente, en un revés al banco, después, con un drive en globo se le volvió al cliente, y, por último, una dejada en la red le botó de nuevo al banco. Esa dejada es la ley que se tramita y que pretende asignar a la entidad financiera la totalidad de los gastos. Y es que, como diría el poeta del prerrenacimiento castellano, Alfonso de la Torre: “No siempre está la justicia en las palabras de la ley”. Recientemente, hemos podido asistir al paseíllo que el cinco veces ganador del balón de oro, Cristiano Ronaldo, ha realizado a las puertas de los juzgados de la Audiencia Provincial de Madrid. Chaqueta con botones dorados, jersey negro de cuello alto, pantalones de pitillo y zapatillas blancas, vestía el jugador bianconero, acompañado de Giorgina, muy cariñosamente cogidos de la mano. Se declaraba culpable de cuatro delitos fiscales que se zanjaba con 19 millones de euros y 23 meses de prisión (que es más o menos lo mismo que no entrar en prisión).
El portugués firma autógrafos a sus más fieles seguidores, sonríe a la cámara y huye de España gritando “siuuuu” en el asiento confortable de su avión privado. Cuando una organización entrega una distinción a un deportista, no solo deben tenerse en cuenta las cualidades deportivas sino también hasta qué punto su comportamiento es modélico. Echo de menos que nadie haya reclamado que su actuación incívica también suponga la pérdida de determinadas distinciones. Por cuantías mucho menores, otros
han sudado la gota gorda enfrente del cortijo de Grañena. ¿Cuando el dinero habla la justicia calla?