Negativa a liberar a un agresor sexual

La Justicia niega por dos veces que un hombre en prisión preventiva con numerosos antecedentes pueda salir

29 jun 2020 / 17:01 H.
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El presunto autor de una agresión sexual debe seguir en prisión mientras se instruye la causa a la espera de que se celebre el juicio. La Audiencia Provincial de Jaén corrobora, a través de un auto, el criterio de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Andújar, que negó la petición de la defensa del supuesto delincuente para que quedara libre.

La medida de prisión provisional comunicada y sin fianza fue acordada el 30 de julio de 2019. El Juzgado número 1 de la ciudad negó la solicitud de libertad casi cuatro meses más tarde, tras una apelación para salir con o sin fianza. La Sección Segunda de la Audiencia desestima el recurso para reclamar la libertad provisional, por estimar la representación del encausado que la medida no es proporcionada por la ausencia de riesgo de fuga, de destrucción de pruebas y de cometer nuevos delitos. Los magistrados en su auto admiten que, dadas las circunstancias personales y sociales del recurrente, no existe pero sí el de reincidir, “pues le constan multitud de antecedentes penales, uno de ellos por agresión sexual”. Además, subrayan que el acusado conoce dónde reside la víctima y ya la amenazó el día en que ocurrieron los hechos si lo denunciaba.

También se constata que de las diligencias practicadas resultan indicios suficientes de la comisión de un delito del agresión sexual, pues el presunto autor fue reconocido por la víctima tanto fotográficamente como en una rueda de reconocimiento. Se trata de un delito que puede ser castigado con la pena de hasta doce a quince años de prisión. Con todos esos argumentos, la Audiencia considera que procede el mantenimiento de la medida de prisión preventiva a pesar de que es una herramienta de carácter excepcional.

Andújar