Carpetazo judicial al caso del gimnasio de Iznatoraf

La Audiencia confirma el archivo dictado por un juzgado villacarrillense

    23 dic 2019 / 12:49 H.
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    Un auto de la Audiencia Provincial cierra el litigio emprendido por supuestas irregularidades en el gimnasio de Iznatoraf, un asunto que se remonta a pasadas legislaturas municipales. La resolución, a la que ha tenido acceso Diario JAÉN, desestima el recurso de interpelación interpuesto por una particular contra la decisión de un juzgado de Primera Instancia e Instrucción Villacarrillo de sobreseer el asunto, una decisión que se remonta al mes de agosto del año 2018.

    La denuncia se presentó por presuntas anomalías en la adjudicación y gestión de la explotación del gimnasio municipal. Sin embargo, después de examinar la documentación remitida por el Ayuntamiento, los juzgados villacarrillenses dictaron un primer sobreseimiento al no apreciar indicios delictivos, pues la adjudicación se efectuó por anteriores corporaciones. Se adjudicó con la condición de que la adjudicataria pagara un canon anual de 360 euros más los gastos de agua y luz. El contrato fue resuelto en 2016 por decreto de la alcaldesa que dirigió el Ayuntamiento entre 2015 y junio de este año, medida ratificada por el pleno y justificada por no al no haber abonado la adjudicataria nada, compensándose la deuda con la maquinaria comprada por ella y que se queda en el gimnasio. La cuestión es que había por en medio una subvención de 20.000 euros concedida por la Junta para el equipamiento del centro. Sin embargo, la instructora concluyó que no se infería posible fraude de ayudas, al no superar la cuantía, en su caso, el límite objetivo de punibilidad y tampoco se acreditó malversación de caudales públicos.

    Tras un recurso de la denunciante y la Fiscalía, se dictó la reapertura de la investigación y la práctica de diligencias, como pedir copia de documentación sobre el gimnasio y las subvenciones, del año 2013. La Audiencia estima acreditado por indicios que el dinero del incentivo obtenido por el Ayuntamiento fue utilizada para la compra de material de equipamiento, por lo que se ratifica que no había delito de malversación. La persona que denunció también consideraba que podía haber un delito de falsedad documental imputado un técnico municipal, con solicitud de diligencias para que se le declarara investigado. Sin embargo, la Justicia tampoco ve que se diera tal ilícito.

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