El Supremo ratifica la nulidad de planeamiento en Los Villares

El fallo ve irregular un estudio de detalle e impone al Ayuntamiento las costas

04 dic 2017 / 08:57 H.

Varapalo judicial. El Supremo dicta una sentencia, ya firme, que desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Los Villares con una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, hace un año, dictó la anulación del modificado de un estudio de detalle en las calles Goya y López Colmenero y una de nueva apertura de Los Villares —aprobado inicialmente en julio de 2009— y contra la licencia de obras para la construcción del edificio de 54 viviendas y aparcamientos en la confluencia de las dos primeras vías urbanas, así como el permiso municipal para el proyecto de urbanización. El TSJA revocó el acto administrativo de las referidas calles por no ser ajustado a derecho. El trasfondo del pleito es que un particular villariego, propietario de solares, se consideró perjudicado en el proceso de urbanización y advirtió de la irregularidad. Un primer fallo le negó la razón, pero después se dirigió al alto tribunal andaluz, que sí se la dio.

La decisión final del Supremo desmonta, uno por uno, los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento, que consideraba que se habían infringido las normas de ordenamiento jurídico aplicables en los pleitos contenciosos-administrativos, aparte de una inadecuada utilización de la jurisprudencia. La sala del Supremo aprecia una “defectuosa formulación del motivo de casación”. En los fundamentos de derecho, la sentencia echa mano de la jurisprudencia para rebatir la posición del Ayuntamiento villariego.

La consecuencia práctica es la ratificación del dictamen del TSJA. Por otro lado, el Tribunal Supremo impone a la Administración local las costas procesales generadas, aunque limita su cuantía a la cantidad de 4.000 euros más el IVA.

El alcalde, el popular Francisco José Palacios, destaca que se trata de un asunto “heredado” del mandato de la socialista Carmen Anguita. Igualmente, desde el Ayuntamiento se destaca que es algo ajeno a quienes residen en las viviendas próximas. Hace un año, ante la sentencia del TSJA, Palacios aseguró que se trataba de una cuestión técnica y en modo alguno política.

El TSJA estimó que el estudio de detalle debía ser anulado por contervenir la normativa sobre ordenación de terrenos y construcciones colindantes. Apreciaba la afectación a las condiciones de ordenación al solar próximo deriva de la creación de una pendiente de más del 12% y de que se dejó descolgada la calle Escribano Antonio de Villa Real, que precisaría una rampa del 16,40% para unirse con “Goya” y del 14,58% para hacerlo con la de nueva apertura. También se refiere que al haber bajado la cota de la calle de nueva apertura muy por debajo del terreno natural, se creó un talud casi vertical en su margen externo de hasta 8,50 metros, con enorme impacto visual y un cambio “del orden lógico de aprobación de instrumentos urbanísticos”, con perjuicio al denunciante al aumentar en unos 3.000 metros cúbicos la excavación en roca necesaria para urbanizar.