La Justicia dicta la readmisión de un alumno de la Academia

El Supremo Ve desproporcionado el castigo a un sargento eventual “por mentir”

02 ene 2017 / 12:05 H.

La Justicia rebaja, por excesiva, la sanción que impuso la Guardia Civil, por no decir la verdad, a un alumno de la Academia de Baeza. La principal consecuencia es que se anula la expulsión del centro de este miembro del Instituto Armado.

El asunto se remonta a finales de 2013, cuando un sargento eventual que estudiaba en las instalaciones pidió permiso —sin recibir contestación afirmativa ni negativa— para examinarse, en diciembre de ese año, en el aeródromo de Algodor (Madrid) para obtener el título de instructor de vuelo de ultraligeros. Pese a ello viajo hasta Mocejón (Toledo), un municipio cercano, y después de realizar un vuelo con despegue y aterrizaje sufrió una lesión con dolor agudo en la zona lumbar, por lo que acudió a Urgencias. Luego volvió al hotel en el que se alojaba. Aunque informó de su situación de salud a la Academia, justificó que no podía regresar porque estaba ingresado y contestó con evasivas sobre el número de habitación para, al final, admitir que no estaba en el hospital y argüir que padecía mareos que le impedían coger el coche. A requerimiento de mandos envió un informe médico, pero en él no existía recomendación de no conducir.

El sargento eventual, en cambio, se presentó al examen oral de instructores de vuelo de ultraligeros, en el que resultó no apto. Al día siguiente se reincorporó a Baeza y quedó rebajado de actividades físicas e instrucción. Sin embargo, al entrevistarse con un capitán, jefe de su compañía, el alumno le negó que había hecho la prueba en Algodor.

La sanción, de 20 de junio de 2014, dictada por el responsable de la Jefatura de Enseñanza de la Academia, imponía al alumno un castigo disciplinario de suspensión de empleo de un mes y un día más la expulsión del centro docente, como autor de una falta grave consistente en “cualquier reclamación, petición o manifestación basada en aseveraciones falsas”. Pese al recurso de alzada interpuesto, el director general de la Guardia Civil confirmó la sanción en septiembre de ese año.

El pleito presentado por el alumno dio lugar a una sentencia del Tribunal Militar Central, fechada el 17 de diciembre de 2015, que “por falta de proporcionalidad” cambiaba el castigo por veinte días de haberes con suspensión de funciones. A la vez se exigía la oportuna rectificación en la documentación, la reincorporación a la Academia y la concesión, si supera el curso, del ascenso al empleo de sargento.

Tras el fallo, la Abogacía del Estado recurrió “por quebrantamiento de las formas esenciales del juicio” al detectar “incongruencia interna” en la resolución. No obstante, ahora, la Sala de lo Militar del Supremo ratifica la sentencia y niega “contradicción”. Se destaca que no había decisión formal sobre su petición de acudir al examen. Por otro respalda que debe moderarse la sanción valorando no solo la intencionalidad de las “mendaces declaraciones”, sino el resto de las circunstancias. Diario JAÉN intentó conocer, sin éxito, la opinión de la Academia.